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ESTATUTO

Solymar- Octubre de 2007-

                                «SISTEMA CENTINELA ALERTA»

                            COMISIÓN DE SEGURIDAD BARRIAL

I).-REFERENCIA Y MARCO LEGAL:

A).- Instructivo 1168 del Ministerio del Interior por el que se aprueba la «creación, objetivos, alcances, organización, integración y funcionamiento de las Comisiones de Seguridad Barrial», publicado y distribuido en el Documento «Atribuciones Delegadas», Anexo  Boletín No. 32 de fecha 17 de Agosto de 1999.-

II).-OBJETIVOS:

A).– Alentar entre los vecinos conductas proactivas y solidarias que estimulen una cultura de seguridad orientada a mejorar su protección personal y la de sus bienes; y por extensión, del vecindario y la comunidad en general.

B).- Articular un sistema de comunicaciones, códigos y rutinas que favorezcan rápidas respuestas a situaciones de amenaza dentro el área del vecindario.

C).– Estimular conductas, que sin violar la privacidad ni pretender sustituir la autoridad legal, disuada a intrusos y potenciales atacantes, restituyendo la sensación de seguridad y privacidad en los hogares adheridos al sistema.

D).– Promover el interés del vecindario en la misión y el servicio policial, alentando su apoyo y cooperación para afrontar sus tareas, a partir de objetivos comunes, lo cual materializará una necesaria participación y compromiso de la comunidad.

E).– Como contrapartida, alentar una actitud policial sensible y perceptiva, diálogo fluido, comunicación abierta, respetuosa y franca, que permita la aplicación de los escasos recursos disponibles a mejorar los índices de Seguridad y recuperar la calidad de vida del vecindario.

F).– Como extensión, diseñar estrategias acordes, que eliminen o limiten otras amenazas a la seguridad, como fenómenos naturales o provocados por la actividad humana, salud y preservación del medio ambiente.

III).-ALCANCES:

A).-Articular un sistema de alerta y rápida respuesta, dentro las normas legales en vigencia, que restrinja el actual estado de vulnerabilidad de personas y propiedades en el área, como así también, limite los efectos de fenómenos naturales o provocados por el hombre, que amenacen la seguridad del vecindario.

B).-Su alcance estará circunscrito a mejorar la intervención policial, así como de otros organismos, según las prioridades manifestadas por los destinatarios de sus servicios y acorde las necesidades de la comunidad consagradas en la Constitución de La República, como el derecho a la seguridad de todos sus ciudadanos.

C).-Su espíritu por tanto, estará inspirado en la colaboración entre la Policía y otros organismos con el vecindario, aplicada al conjunto de los servicios destinados a tutelar, proteger y administrar las actividades que preserven dichos derechos.

D).Ninguna de las medidas a adoptarse para alcanzar los Objetivos del Sistema de Comisión de Seguridad Barrial «Centinela Alerta», estarán concebidas para sustituir la acción de la autoridad competente. Por el contrario, todas sus acciones y dispositivos estarán orientados a reforzar y hacer más efectiva su intervención dentro del marco legal.

E).– Sus actividades estarán circunscriptas a su área en el vecindario, la cual estará perfectamente definida y aprobada por la autoridad policial. Involucrará a aquellos vecinos que voluntariamente se adhieran al sistema, los que estarán obligados a respetar las disposiciones del presente estatuto, así como adquirirán el derecho a ser beneficiarios de los servicios y demás efectos que el sistema genere.

 IV).-ORGANIZACIÓN:

A.- De las Autoridades:

1).- Asamblea de Vecinos.

a).- Es el máximo órgano deliberativo del Sistema «Centinela Alerta».

b).- Estará integrada por todos los Vecinos adherentes al Sistema y la Autoridad Policial designada por la dependencia del Ministerio del Interior competente.

c).- Le competirá discutir y aprobar los estatutos, servicios y actividades de seguridad comunitarias a desarrollarse por sus integrantes, así como la integración del Comité de Seguridad Barrial.

2).- Comité de Seguridad Barrial (CSB)

a).- Es el centro coordinador y ejecutivo del Sistema «Centinela Alerta».

b).- El CSB es el órgano responsable de implementar las decisiones de la Asamblea de Vecinos, así como convocarla, organizarla y dirigirla. Se reunirá semanalmente para monitorear el funcionamiento del sistema, coordinar sus actividades e implementar un sistema de reportes a la Asamblea de Vecinos y  Autoridad Policial competente.

c).- En su primera sesión semanal después de elegidos sus miembros, designará entre sus componentes a mano levantada su  Coordinador General y demás integrantes de los órganos de coordinación y administración que componen este órgano ejecutivo, los que ejercerán la dirección del sistema en su actividad diaria.

d).- Los integrantes de la CSB deberán ser representativos del barrio o vecindario y actuarán en forma honoraria. La Asamblea de Vecinos designará sus componentes, los que desempeñaran las siguientes funciones:

(i)  Coordinador General. Funciones:

-Responsable de coordinar las diferentes actividades y representar al sistema ante la autoridad policial o representantes de otros organismos con que se mantenga contacto o en su defecto, designar sus representantes.

-Preside las reuniones, determina sus métodos de trabajo y actúa como moderador.

-Preside la Asamblea de Vecinos, sometiendo las decisiones a la votación de sus integrantes.

(ii) Coordinador Administrativo. Funciones:

-Responsable de confeccionar y distribuir la agenda de actividades del CSB, velando por mantener informados a sus miembros de los lugares, fechas y horas de reunión.

-Confeccionará y distribuirá el orden del día de las sesiones regulares y extraordinarias.

-Confeccionará, distribuirá y mantendrá registro de las minutas de cada reunión.

-Llevará un libro de actas de las sesiones, donde registrará las decisiones que se adopten en las Asambleas de Vecinos.

(iii) Coordinador de Recursos Humanos. Funciones:

 -Formulará planes de promoción y obtención de adherentes, su selección, y obtención de firmas en el formulario correspondiente.

-Llevará registro actualizado y lo mas detallado posible de los mismos por Manzana y Solar, manteniendo en poder de la autoridad policial un ejemplar de dicho banco de datos.

-Entenderá en todas las actividades que incentiven el buen empleo de los recursos humanos disponibles, motivación y altos niveles de participación.

-Confeccionará periódicamente el Escalafón de Servicios y Actividades de Seguridad Comunitarias aprobadas por la Asamblea de Vecinos a ser desarrolladas y monitoreará su desarrollo.

-Procurará asesoría legal.

(iiii) Coordinador de Información. Funciones:

-Establecerá el área de responsabilidad del sistema «Centinela Alerta» mediante la confección de un plano, donde se detalle domicilios identificados con Nros. de Manzana / Solar y Áreas Rojas (Viviendas deshabitadas, terrenos densamente forestados o cualquier área sensible y potencialmente peligrosa).

-Llevará actualizado un dossier de las actividades que involucren temas de seguridad en el vecindario, (tanto actividades criminales como otras amenazas, sus características, denuncias registradas, particularidades, etc.) que permitan establecer conclusiones estadísticas.

-Efectuará consultas y organizará encuestas para determinar en forma mas precisa las prioridades reales de los problemas a encarar desde el punto de vista Seguridad.

Anunciará periódicamente niveles de seguridad en función de la actividad delictiva detectada o eventuales amenazas a la misma de otro orden, el que será comunicado a todos los integrantes del sistema «Centinela Alerta». 

-Diseminará en forma oportuna toda información sustantiva que contribuya a la correcta adopción de medidas por parte del CSB, alertando sobre amenazas y oportunidades.

-Coordinará actividades del CSB con la Policía Comunitaria y demás representantes de organismos afines.

-Iniciará la ronda de sesiones regulares del CSB, haciendo una presentación resumida de las actividades recientes y presentes mas sustantivas que involucren temas de seguridad.

-Implementará un sistema de informes periódicos y especiales, tanto a los vecinos interesados como a la autoridad policial.

 (iiiii).- Coordinador de Seguridad. Funciones:

-Velará y tomará acción para preservar la seguridad de los integrantes del sistema «Centinela Alerta», tanto desde el punto de vista físico como sus propiedades, encomendando y monitoreando las acciones preventivas acordes a los niveles de seguridad establecidos.

-Definirá objetivos, tareas y tácticas para alcanzar los Objetivos del Sistema enunciados en el presente Estatuto, diseñando y proponiendo planes, prioridades y cronogramas para alcanzarlos.

-Planificará, coordinará y supervisará la ejecución de todos los servicios y actividades comunitarias concernientes a la seguridad, aprobadas por la Asamblea de Vecinos (Rondas diurnas y nocturnas, grupos de reacción rápida, reuniones informativas etc.).

– Establecerá y supervisará un plan de comunicaciones integrado por todos los adherentes entre si y con la autoridad policial.

-Organizará actividades de capacitación y entrenamiento en materia de Seguridad.

-Velará por la aplicación de las normas establecidas en el presente Estatuto, así como llevará registro de las sugerencias de los vecinos adherentes al sistema para su modificación o actualización.

(iiiii)Coordinador Logístico. Funciones:

-Determinará cuotas de adherentes, acordes con los presupuestos de funcionamiento, adquisición de equipos comunes o contrato de servicios extras que apruebe la Asamblea de Vecinos; llevando administración de las mismas.

-Propondrá y aplicará planes de financiamiento, para eventuales compras que se decidieran, llevando registro y administración adecuados de todos los recursos y existencias, así como del correcto empleo de aquellos obtenidos en préstamo para reuniones, cursos u otro tipo de eventos.

-Será encargado de la obtención y distribución de recursos e infraestructuras logísticas para apoyar las diferentes actividades del sistema (locales, comunicaciones, silbatos, transportes, útiles de oficina, material de propaganda, cartelería, etc.).

– Presentará a la Asamblea de Vecinos una rendición de cuentas mensual de fondos (inversión) y recursos en existencia (inventarios) del Sistema.

V).- INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO.

A).- La Asamblea de Vecinos estará integrada por todos los vecinos adherentes al Sistema «Centinela Alerta». Se reunirá mensualmente o a convocatoria del Comité de Seguridad Barrial. Sus decisiones serán tomadas por mayoría simple de asistentes.

B).- Los Coordinadores del Comité de Seguridad Barrial (CSB) serán elegidos o reelegidos por la Asamblea de Vecinos por un período máximo de dos años.

C).– Acorde el nivel de expansión del sistema y la intensidad de actividades previstas, se podrán integrar equipos de trabajo de vecinos, los que se articularán en apoyo de cada una de las áreas de coordinación detalladas en IV-A-2 para asistir al coordinador correspondiente.

D).- El número total de integrantes del CSB no podrá exceder las quince personas.

E).- Cuando resulte necesario el estudio de problemas especiales que merezcan un tratamiento técnico o reservado no previsto en el presente estatuto, podrán designarse otros equipos que actuarán bajo la supervisión directa del Coordinador General del Sistema.

F).- La Articulación, organización y funcionamiento del Sistema estará en todo momento monitoreado por la Autoridad Policial competente a través del Delegado del Ministerio del Interior en la Asamblea de Vecinos(IV-A-1-b.) y el Policía Comunitario en el Comité de Seguridad Barrial (IV-A-2-d-(iiii)).-

Solymar, 9 de Octubre de 2007

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